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Domingo, 24 de Febrero de 2019

El Juzgado no admite el recurso de Doñana Torreblanca contra el ayuntamiento por no declarar parcela sobrante un solar municipal

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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 2 de Castellón ha declarado la inadmisibilidad del recurso interpuesto por Doñana Torreblanca, Sociedad Cooperativa Valenciana contra la desestimación por parte del Ayuntamiento de Torreblanca de la solicitud de esta cooperativa de que se declarase como parcela sobrante un terreno de propiedad municipal adyacente al solar de su propiedad.

 

La sentencia, de fecha 21 de febrero de 2019, considera inadmisible el recurso presentado por la cooperativa, por haberse presentado “contra un acto que es reproducción de uno anterior consentido y firme, y ello de conformidad con lo que aparece previsto en el artículo 69.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con el artículo 28 del mismo texto legal”. Del mismo modo, el juzgado establece que las costas del proceso correrán a cargo de la parte demandante.

 

Doñana Torreblanca Sociedad Cooperativa Valenciana solicitaba el 15 de noviembre de 2017 la declaración como parcela sobrante de un terreno de propiedad municipal anexo al solar de su propiedad, situado en la Avenida Rey Juan Carlos I nº 6 de Torrenostra, de 526,82 metros cuadrados de superficie. La cooperativa consideraba que, al tratarse de una parcela “inedificable” de escasas dimensiones lindante con la vía pública y la parcela de la propia cooperativa, esta debía ser declarada parcela sobrante y serle vendida como único vecino colindante. El Juzgado considera que al haberse desestimado con anterioridad por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torreblanca de fecha 3 de julio de 2017 la petición de la cooperativa sin que se interpusiera en tiempo y forma el correspondiente recurso contencioso administrativo, no se debe admitir el posterior recurso, al atender los argumentos de los letrados del consistorio, que alegaron en su escrito al juzgado que la cooperativa solicitó en dos mil quince y en dos mil dieciséis la declaración de sobrante de la parcela y la venta directa de la misma, sin que el Ayuntamiento diera respuesta a ninguna de ellas, habiéndose procedido por la demandante a presentar, en fecha veintinueve de mayo de dos mil diecisiete, un recurso de reposición frente a la desestimación presunta de las solicitudes anteriormente referidas, que fue desestimado mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torreblanca en su sesión celebrada en fecha tres de julio de dos mil diecisiete, frente a la que la actora no interpuso recurso contencioso-administrativo alguno”.

 

La cooperativa presentó el recurso ahora inadmitido, por considerar que se incurría en una desviación de poder y se obstaculizaban sus derechos. Esta cooperativa ha presentado hasta cinco contenciosos contra el consistorio, así como una querella por prevaricación contra la alcaldesa, Josefa Tena, que ha sido recientemente archivada.

 

El Ayuntamiento de Torreblanca, en su respuesta a los requerimientos del juzgado, señalaba la inadmisibilidad del recurso, además de considerar que la condición de parcela sobrante, por las características físicas del terreno, no se le confiere de manera automática, sino que precisa de una declaración jurídica para tener esa condición.

 

La concejala de Urbanismo del Ayuntamiento de Torreblanca, Rosana Villanueva, valoraba la sentencia judicial señalando que “es una satisfacción que los tribunales hayan vuelto a dar la razón al Ayuntamiento sobre la petición de venta y declaración de parcela sobrante de la Cooperativa Doñana. Hasta el momento y a pesar de que cada resolución tomada por el Equipo de Gobierno es llevada por parte de los representantes de la cooperativa ante los tribunales, todos han sido favorables al Ayuntamiento. Las decisiones de este Equipo de Gobierno siempre son conformes a los informes técnicos, la ley y el interés general. Y seguiremos en esa línea aunque intenten provocarnos y coaccionarnos de manera mediática mediante las redes sociales. No tenemos nada en contra de la cooperativa ni de sus integrantes, actuamos en cumplimiento de la ley y la protección del interés general”.

 

 

 

 

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