El registro obligatorio de la jornada laboral ya cumple un mes
![[Img #72964]](http://el7set.es/upload/images/06_2019/624_sin-titulo.png)
Ha transcurrido un mes desde que la nueva normativa hace obligatorio el registro de la jornada laboral de los trabajadores y en este periodo de tiempo la Inspección de Trabajo ya ha comenzado a sancionar los incumplimientos por parte de las empresas de esta norma.
Desde el pasado 12 de mayo es obligatorio que las empresas garanticen el registro de la jornada laboral de todos sus trabajadores diariamente, un registro en el que debe quedar patente la hora de inicio de la jornada, los descansos y la hora exacta de finalización de la jornada laboral de cada trabajador, de manera individualizada.
Ante la nueva legislación de control de horarios laborales, son cada vez más las empresas que recurren a sistemas profesionales, como los que ofrece Tsimplifica, especialistas en dispositivos biométricos de seguridad como máquinas de fichar para el control presencial de trabajadores, sistemas de control de accesos como tornos de paso, así como lectores de huella y cerraduras eléctricas.
Invertir en tecnología para controlar la jornada de trabajo de los empleados, tal como exige la nueva normativa laboral, es una excelente opción que nos puede ahorrar a largo plazo muchos problemas, ya que la nueva normativa española está considerada como una de las más exigentes de Europa y tipifica como una infracción grave todo lo relacionado con los incumplimientos del registro de jornada laboral, por lo que las sanciones que se establecen para las empresas que incumplan la norma pueden ir desde los 626 a los 6.250 euros, según se consideren de grado mínimo, medio o máximo. También se tienen en cuenta cuestiones como la reincidencia en los incumplimientos por parte de las empresas.
La nueva exigencia nace de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2019 de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Aunque no se determina obligatoriamente un sistema de registro, la empresa puede acordarlo con los representantes legales de los trabajadores o informar previamente a los mismos de la puesta en marcha del nuevo sistema. Los datos que se recojan mediante el sistema elegido deben permanecer custodiados en la empresa por espacio de cuatro años, durante los que podrán tener acceso a los mismos los trabajadores, representantes legales de los trabajadores, así como los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
El registro diario de jornada se puede llevar a cabo de diferentes formas, desde un registro electrónico –que además de registrar la hora de inicio y fin de la jornada también cuenta el tiempo efectivo de trabajo y los tiempos de descanso-, hasta un registro en papel que debe ser firmado cada día por los trabajadores, dejando constancia en ellos la hora de inicio y de fin de la jornada diaria de trabajo.
El sistema irá vinculado, en gran medida, al tipo de actividad que se desarrolle en cada centro de trabajo, por lo que existen empresas que tienen a disposición de sus clientes diferentes sistemas de fichaje para distintos tipos de trabajadores, ya sean presenciales, comerciales, teletrabajo, que permiten un control efectivo de sus respectivas jornadas laborales para cumplir con la nueva normativa.
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Ha transcurrido un mes desde que la nueva normativa hace obligatorio el registro de la jornada laboral de los trabajadores y en este periodo de tiempo la Inspección de Trabajo ya ha comenzado a sancionar los incumplimientos por parte de las empresas de esta norma.
Desde el pasado 12 de mayo es obligatorio que las empresas garanticen el registro de la jornada laboral de todos sus trabajadores diariamente, un registro en el que debe quedar patente la hora de inicio de la jornada, los descansos y la hora exacta de finalización de la jornada laboral de cada trabajador, de manera individualizada.
Ante la nueva legislación de control de horarios laborales, son cada vez más las empresas que recurren a sistemas profesionales, como los que ofrece Tsimplifica, especialistas en dispositivos biométricos de seguridad como máquinas de fichar para el control presencial de trabajadores, sistemas de control de accesos como tornos de paso, así como lectores de huella y cerraduras eléctricas.
Invertir en tecnología para controlar la jornada de trabajo de los empleados, tal como exige la nueva normativa laboral, es una excelente opción que nos puede ahorrar a largo plazo muchos problemas, ya que la nueva normativa española está considerada como una de las más exigentes de Europa y tipifica como una infracción grave todo lo relacionado con los incumplimientos del registro de jornada laboral, por lo que las sanciones que se establecen para las empresas que incumplan la norma pueden ir desde los 626 a los 6.250 euros, según se consideren de grado mínimo, medio o máximo. También se tienen en cuenta cuestiones como la reincidencia en los incumplimientos por parte de las empresas.
La nueva exigencia nace de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2019 de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Aunque no se determina obligatoriamente un sistema de registro, la empresa puede acordarlo con los representantes legales de los trabajadores o informar previamente a los mismos de la puesta en marcha del nuevo sistema. Los datos que se recojan mediante el sistema elegido deben permanecer custodiados en la empresa por espacio de cuatro años, durante los que podrán tener acceso a los mismos los trabajadores, representantes legales de los trabajadores, así como los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
El registro diario de jornada se puede llevar a cabo de diferentes formas, desde un registro electrónico –que además de registrar la hora de inicio y fin de la jornada también cuenta el tiempo efectivo de trabajo y los tiempos de descanso-, hasta un registro en papel que debe ser firmado cada día por los trabajadores, dejando constancia en ellos la hora de inicio y de fin de la jornada diaria de trabajo.
El sistema irá vinculado, en gran medida, al tipo de actividad que se desarrolle en cada centro de trabajo, por lo que existen empresas que tienen a disposición de sus clientes diferentes sistemas de fichaje para distintos tipos de trabajadores, ya sean presenciales, comerciales, teletrabajo, que permiten un control efectivo de sus respectivas jornadas laborales para cumplir con la nueva normativa.













