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el7set
Sábado, 21 de Septiembre de 2019
Pleno extraordinario

El pleno acata por unanimidad la resolución del TSJ que obliga a tramitar el estudio de detalle de la parcela propiedad de Doñana Torreblanca

El Ayuntamiento de Torreblanca tiene hasta el próximo mes de octubre para aprobar o denegar el expediente

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El Ayuntamiento de Torreblanca tramitará el estudio de detalle de una parcela en Torrenostra propiedad de Doñana Torreblanca Cooperativa Valenciana en cumplimiento de la sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que anulaba el acuerdo del consistorio de fecha 12 de mayo de 2017 por el que se desistía de dicha tramitación por parte del ejecutivo local que, como en la actualidad, estaba presidido por la socialista Josefa Tena y tenía como concejala de Urbanismo a Rosana Villanueva.

 

PSOE, PP, Compromís, Ciudadanos y Torreblanca Decide votaron por unanimidad en el pleno celebrado el viernes 20 de septiembre acatar la sentencia judicial y continuar con la tramitación del estudio de detalle.

 

Así lo explicó durante la sesión plenaria Rosana Villanueva, titular de Urbanismo en la presente y la pasada legislatura, quien señaló que seguirán con la tramitación del expediente, puntualizando que “los políticos no somos los que tramitamos los expedientes” y señaló que “cuando esté todo, se llevará a pleno”.

 

El portavoz de Ciudadanos, José Luis Fabregat, solicitó que se lleve a pleno “enseguida” para su consideración por los concejales, “tan solo queda un paso, traerlo a pleno y aprobarlo o no. Espero que no pase lo que parece que va a ser y esto ahora esté en un cajón y duerma el sueño de los justos”. Fabregat también preguntó por el coste de este proceso y quién será el que asuma la responsabilidad de estos actos, en alusión al desestimiento por parte del ayuntamiento y el posterior proceso legal que se inició para finalmente revocar la decisión.

 

Miquel Giner, de Compromís, puso de manifiesto su desconfianza respecto al procedimiento de tramitación y las decisiones adoptadas asegurando que “todo lo que viene de (Rosana) Villanueva no está libre de sospecha” acusando al ejecutivo local de inacción “ante los problemas esconden la cabeza y esperan a que se pase. Espero que esta resolución les haga espabilar”.

 

Desde el Partido Popular, la portavoz María Ferrando manifestó que “hemos venido aquí para aprobar el cumplimiento de una sentencia, no hay otra opción”.

 

La alcaldesa, Josefa Tena, explicó que los motivos de la suspensión de la tramitación aprobada en su día fueron la defensa de un bien común.

 

Doñana Torreblanca Cooperativa Valenciana declaraba tras la aprobación del cumplimiento de la sentencia que “con este acto solo, no cumplen la sentencia, y antes de dos meses deberían voluntariamente dictar una resolución. Decidir si aprueban o no el Estudio de Detalle. El resolver el estudio de detalle supone aprobar o denegar el mismo y de forma razonada”, por lo que el consistorio tendría hasta el próximo 18 de octubre para hacerlo, según la parte afectada.

 

Desde la cooperativa manifiestan que “la administración no puede ir contra sus propios actos y este estudio de detalle ya fue dado el visto bueno por el Ayuntamiento, fue publicado para información pública” estando pendiente únicamente de las autorizaciones de organismos competentes en materia de Costas, Vías Pecuarias y Parques Naturales. Estas autorizaciones, según la cooperativa, se recibieron hace más de un año, “por lo que solo quedaría aprobar en pleno el estudio de detalle, otra resolución sería muy difícil de explicar sin incurrir en algún tipo de contradicción que incrementaría aún más nuestra reclamación patrimonial contra el Ayuntamiento por los daños y perjuicios ocasionados”, una cifra que actualmente estiman en más de 500.000 euros.

 

Doñana Torreblanca considera que una decisión contraria a la aprobación del estudio de detalle representaría un agravio comparativo, al haberse aprobado a una parcela cercana la misma modificación de las normas subsidiarias en cuanto a las alturas permitidas, “¿Cómo podrían justificar que a 50 metros a unos sí y a otros no?”.

 



 

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