El Ayuntamiento de Torreblanca desestima el recurso presentado por Urbanizadora Torremar SA contra la denegación de la rebaja de los avales de Doña Blanca Golf
La construcción del proyecto Doña Blanca Golf en el litoral de Torreblanca suma una incógnita más con un nuevo episodio del que vendrá a convertirse en el culebrón urbanístico-político del verano. Después de que Urbanizadora Torremar SA solicitara la sustitución de los tres avales que tiene depositados en la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Torreblanca –uno por importe de 8.218.996,49 euros correspondiente al 15% del coste de las obras de urbanización del PAI de Doña Blanca Golf, otro por importe de 5.789.607,12 euros como garantía del importe de las obras externas a las que le obliga la adjudicación y un tercero por valor de 50.047,16 euros, garantía de las obras de la calle Colón contempladas dentro del Convenio Complementario entre Urbanizadora Torremar SA y el Ayuntamiento de Torreblanca-, para sustituirlo por un único aval por importe de 2.927.229,13 euros, lo cual fue rechazado inicialmente por la Junta Local de Gobierno y después ratificado por el pleno, la empresa ha presentado un recurso de reposición contra la decisión de la Junta Local de Gobierno.
El pleno celebrado el lunes 30 de julio desestimó unánimemente el recurso, aunque desde el PSOE, su portavoz Josefa Tena, criticó la falta de participación en esta decisión de los grupos de la oposición.
Tena consideró que el Equipo de Gobierno adoptó la decisión de forma unilateral “siendo un punto demasiado importante, y el tiempo nos ha dado la razón”.
La portavoz del PSOE señalaba en su intervención, “a día de hoy se nos convoca a un pleno para ratificar lo que ya habíamos ratificado el 6 de julio, porque le empresa Torremar ha recurrido alegando que no reconoce a la Junta de Gobierno como organismo competente para decir no a su propuesta. Nosotros no lo dijimos de esa manera, pero dijimos que nos parecía un asunto demasiado importante para que se hiciera por Junta de Gobierno”.
Desde el Grupo Socialista se apuntaron dudas sobre la fecha en la que se presentó el recurso y se esta fue anterior o posterior a la ratificación en pleno de la desestimación, ya que en el recurso no se habla de acuerdo plenario alguno, o al menos no lo mencionó ningún concejal en sus intervenciones.
Para Josefa Tena esto solo puede obedecer a que la empresa no se haya enterado de la celebración del pleno posterior a la Junta de Gobierno o que la empresa presentó el recurso contra el acuerdo de la Junta de Gobierno “en el periodo que va desde el 31 de mayo al 6 de julio”. Pero la portavoz socialista insistió en su interpretación de la redacción del punto del orden del día llevándola a la reiteración de un acuerdo mediante su ratificación “no entendemos el sentido de este punto del plenario, porque entendemos que ya se ha ratificado en el pleno del 6 de julio lo que Torremar pide”, aunque reconoció que el decreto de junio de 2011 faculta a la Junta de Gobierno a obrar de esa manera.
El portavoz del Equipo de Gobierno, José Antonio López, explicó que “en el pleno del 6 de julio de este año se ratificó el acuerdo de la Junta Local de Gobierno en virtud del cual se desestimó la petición formulada por la mercantil Urbanizadora Torremar SA, en la cual solicitaba la sustitución de todos sus avales por uno solo”.
Contra ese acuerdo de desestimación Urbanizadora Torremar SA ha presentado un recurso de reposición en el que principalmente alega tres aspectos fundamentales, según explicó López, “por una parte solicita la aplicación retroactiva de la Ley 1/2012 de 10 de mayo. Esta ley es la que establece la posibilidad de sustitución de los avales presentados por uno solo, que equivale al 5% de los costes de urbanización. En segundo lugar, dice que existe una ausencia de voluntariedad de algunas de las garantías prestadas, que impiden por lo tanto que pueda esgrimirse como justificación por parte del Ayuntamiento. Y un tercero, en la que alega la incompetencia material por parte del órgano resolutivo”.
En base a la argumentación obtenida en la consulta a los servicios técnicos municipales, López enumeró los argumentos para desestimar el recurso de reposición explicando que “con respecto a la aplicación de la Ley 1/2012 se entiende por parte de los servicios jurídicos municipales, que no se puede aplicar con carácter retroactivo, por no estar previsto así en las disposiciones transitorias de la propia ley, y por tanto dicha normativa será solo de aplicación automática en las situaciones que se produzcan con posterioridad a su entrada en vigor”. “Sobre la ausencia de voluntariedad en la presentación de garantías” aclaró López “la proposición jurídico-económica presentada en su día por Torremar fue voluntaria y por lo tanto, de forma voluntaria proponía e porcentaje del 15% de los costes de urbanización previstos en el programa, frente al 10% por ejemplo, propuesto en su día por Construcciones Castellón 2000, siendo ese aspecto, es decir ofrecer mayores y mejores garantías, uno de los aspectos que se tuvieron en cuenta en la adjudicación”.
Finalmente, “sobre la incompetencia del órgano resolutorio, decir que, habiendo sido ratificado por el pleno el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, es como si dicho acuerdo hubiese sido adoptado por el pleno, y por lo tanto carece totalmente de sentido y es improcedente la impugnación por esta circunstancia”.
López reiteró que la oposición tiene total acceso a la información municipal y que pueden consultar a los técnicos municipales siempre que lo crean conveniente. El edil del PP insistió en aclarar la confusión de términos esgrimida por la portavoz socialista, entre ratificación y desestimación del recurso, añadiendo que la ratificación inicial, el pasado 6 de julio, del acuerdo de Junta Local de Gobierno estaba contemplada en el punto segundo del acuerdo de Junta Local de Gobierno, por entender necesario su paso por el pleno para darle entidad al acuerdo.
En su segunda intervención, Josefa Tena insistió en lo expuesto, preguntando al Equipo de Gobierno si no sería interesante tratar de forma conjunta temas tan importantes como el campo de golf, llevándolos a pleno y las correspondientes comisiones informativas para dar participación en las decisiones a los miembros de la oposición. Tena reiteró que “no debo ir tan desencaminada cuando la empresa ha hecho una alegación diciendo que no reconoce a la Junta de Gobierno como órgano competente”.
El portavoz popular calificó las argumentaciones de los socialistas como “absoluta tontería y pérdida de tiempo”. Del mismo modo, acusó a Tena y a la propia empresa de no leerse los acuerdos de la Junta de Gobierno, al estar contemplado en el mismo su paso por el pleno. Además, alegó que la propia empresa había considerado competente a la Junta de Gobierno a la hora de sustituir un aval de 5 millones de euros por uno de 3 millones de euros, pero se contradice en este caso a su conveniencia con dos criterios diferentes. Por ello López preguntó “¿debemos retractarnos y decirles que vuelvan a depositar el aval de 5 millones?”.
No obstante la polémica del debate, el punto salió adelante por unanimidad, a la espera del próximo movimiento de la empresa Urbanizadora Torremar SA en este aspecto.
La construcción del proyecto Doña Blanca Golf en el litoral de Torreblanca suma una incógnita más con un nuevo episodio del que vendrá a convertirse en el culebrón urbanístico-político del verano. Después de que Urbanizadora Torremar SA solicitara la sustitución de los tres avales que tiene depositados en la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Torreblanca –uno por importe de 8.218.996,49 euros correspondiente al 15% del coste de las obras de urbanización del PAI de Doña Blanca Golf, otro por importe de 5.789.607,12 euros como garantía del importe de las obras externas a las que le obliga la adjudicación y un tercero por valor de 50.047,16 euros, garantía de las obras de la calle Colón contempladas dentro del Convenio Complementario entre Urbanizadora Torremar SA y el Ayuntamiento de Torreblanca-, para sustituirlo por un único aval por importe de 2.927.229,13 euros, lo cual fue rechazado inicialmente por la Junta Local de Gobierno y después ratificado por el pleno, la empresa ha presentado un recurso de reposición contra la decisión de la Junta Local de Gobierno.
El pleno celebrado el lunes 30 de julio desestimó unánimemente el recurso, aunque desde el PSOE, su portavoz Josefa Tena, criticó la falta de participación en esta decisión de los grupos de la oposición.
Tena consideró que el Equipo de Gobierno adoptó la decisión de forma unilateral “siendo un punto demasiado importante, y el tiempo nos ha dado la razón”.
La portavoz del PSOE señalaba en su intervención, “a día de hoy se nos convoca a un pleno para ratificar lo que ya habíamos ratificado el 6 de julio, porque le empresa Torremar ha recurrido alegando que no reconoce a la Junta de Gobierno como organismo competente para decir no a su propuesta. Nosotros no lo dijimos de esa manera, pero dijimos que nos parecía un asunto demasiado importante para que se hiciera por Junta de Gobierno”.
Desde el Grupo Socialista se apuntaron dudas sobre la fecha en la que se presentó el recurso y se esta fue anterior o posterior a la ratificación en pleno de la desestimación, ya que en el recurso no se habla de acuerdo plenario alguno, o al menos no lo mencionó ningún concejal en sus intervenciones.
Para Josefa Tena esto solo puede obedecer a que la empresa no se haya enterado de la celebración del pleno posterior a la Junta de Gobierno o que la empresa presentó el recurso contra el acuerdo de la Junta de Gobierno “en el periodo que va desde el 31 de mayo al 6 de julio”. Pero la portavoz socialista insistió en su interpretación de la redacción del punto del orden del día llevándola a la reiteración de un acuerdo mediante su ratificación “no entendemos el sentido de este punto del plenario, porque entendemos que ya se ha ratificado en el pleno del 6 de julio lo que Torremar pide”, aunque reconoció que el decreto de junio de 2011 faculta a la Junta de Gobierno a obrar de esa manera.
El portavoz del Equipo de Gobierno, José Antonio López, explicó que “en el pleno del 6 de julio de este año se ratificó el acuerdo de la Junta Local de Gobierno en virtud del cual se desestimó la petición formulada por la mercantil Urbanizadora Torremar SA, en la cual solicitaba la sustitución de todos sus avales por uno solo”.
Contra ese acuerdo de desestimación Urbanizadora Torremar SA ha presentado un recurso de reposición en el que principalmente alega tres aspectos fundamentales, según explicó López, “por una parte solicita la aplicación retroactiva de la Ley 1/2012 de 10 de mayo. Esta ley es la que establece la posibilidad de sustitución de los avales presentados por uno solo, que equivale al 5% de los costes de urbanización. En segundo lugar, dice que existe una ausencia de voluntariedad de algunas de las garantías prestadas, que impiden por lo tanto que pueda esgrimirse como justificación por parte del Ayuntamiento. Y un tercero, en la que alega la incompetencia material por parte del órgano resolutivo”.
En base a la argumentación obtenida en la consulta a los servicios técnicos municipales, López enumeró los argumentos para desestimar el recurso de reposición explicando que “con respecto a la aplicación de la Ley 1/2012 se entiende por parte de los servicios jurídicos municipales, que no se puede aplicar con carácter retroactivo, por no estar previsto así en las disposiciones transitorias de la propia ley, y por tanto dicha normativa será solo de aplicación automática en las situaciones que se produzcan con posterioridad a su entrada en vigor”. “Sobre la ausencia de voluntariedad en la presentación de garantías” aclaró López “la proposición jurídico-económica presentada en su día por Torremar fue voluntaria y por lo tanto, de forma voluntaria proponía e porcentaje del 15% de los costes de urbanización previstos en el programa, frente al 10% por ejemplo, propuesto en su día por Construcciones Castellón 2000, siendo ese aspecto, es decir ofrecer mayores y mejores garantías, uno de los aspectos que se tuvieron en cuenta en la adjudicación”.
Finalmente, “sobre la incompetencia del órgano resolutorio, decir que, habiendo sido ratificado por el pleno el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, es como si dicho acuerdo hubiese sido adoptado por el pleno, y por lo tanto carece totalmente de sentido y es improcedente la impugnación por esta circunstancia”.
López reiteró que la oposición tiene total acceso a la información municipal y que pueden consultar a los técnicos municipales siempre que lo crean conveniente. El edil del PP insistió en aclarar la confusión de términos esgrimida por la portavoz socialista, entre ratificación y desestimación del recurso, añadiendo que la ratificación inicial, el pasado 6 de julio, del acuerdo de Junta Local de Gobierno estaba contemplada en el punto segundo del acuerdo de Junta Local de Gobierno, por entender necesario su paso por el pleno para darle entidad al acuerdo.
En su segunda intervención, Josefa Tena insistió en lo expuesto, preguntando al Equipo de Gobierno si no sería interesante tratar de forma conjunta temas tan importantes como el campo de golf, llevándolos a pleno y las correspondientes comisiones informativas para dar participación en las decisiones a los miembros de la oposición. Tena reiteró que “no debo ir tan desencaminada cuando la empresa ha hecho una alegación diciendo que no reconoce a la Junta de Gobierno como órgano competente”.
El portavoz popular calificó las argumentaciones de los socialistas como “absoluta tontería y pérdida de tiempo”. Del mismo modo, acusó a Tena y a la propia empresa de no leerse los acuerdos de la Junta de Gobierno, al estar contemplado en el mismo su paso por el pleno. Además, alegó que la propia empresa había considerado competente a la Junta de Gobierno a la hora de sustituir un aval de 5 millones de euros por uno de 3 millones de euros, pero se contradice en este caso a su conveniencia con dos criterios diferentes. Por ello López preguntó “¿debemos retractarnos y decirles que vuelvan a depositar el aval de 5 millones?”.
No obstante la polémica del debate, el punto salió adelante por unanimidad, a la espera del próximo movimiento de la empresa Urbanizadora Torremar SA en este aspecto.













