El Ayuntamiento de Alcalà-Alcossebre presenta alegaciones ante el Consorcio de la Zona I para que las viviendas sin luz ni agua no paguen el tratamiento de residuos
![[Img #59703]](upload/img/periodico/img_59703.jpg)
El Ayuntamiento de Alcalà-Alcossebre ya ha preparado el texto de alegaciones que presentará dentro del periodo de exposición pública de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por valorización y eliminación de residuos urbanos del Consorcio de la Zona I para que se tenga en cuenta la petición de que las viviendas que no están dadas de alta de luz y agua no se les pase el recibo de la tasa por valorización y eliminación de residuos.
- En el transcurso de la última sesión del pleno del consorcio, el representante del Ayuntamiento de Alcalà-Alcossebre preguntó si se recogía el caso de las viviendas sin luz ni agua y no se les contestó por lo que votó en contra de la modificación.
- La ordenanza del Consorcio aplicaba el concepto no habitable únicamente a viviendas en ruinas, en desuso o “cellers vells”.
- No se puede considerar válido un criterio general de vivienda no habitable y que no se contemple en concreto a las viviendas sin luz ni agua, ya que supondría un perjuicio para los vecinos.
- La ordenanza municipal recoge de forma específica que las viviendas que no están dadas de alta de luz y agua no paguen el recibo de basuras, por lo que se solicita que, en el caso del Consorcio, se actúe igual.
El Alcalde Francisco Juan explica que “no queremos que se perjudique a los vecinos y que si no pagan la tasa municipal tampoco tengan que pagar la tasa del Consorcio ya que todo el mundo entiende que una vivienda que no está dada de alta de luz y agua no puede generar residuos. Esperamos que el Consorcio lo tenga en cuenta y acepten nuestras alegaciones”.
En las alegaciones se solicita también que las viviendas diseminadas, a las que no se presta el servicio de recogida de basuras, queden exentas del pago de la tasa.
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El Ayuntamiento de Alcalà-Alcossebre ya ha preparado el texto de alegaciones que presentará dentro del periodo de exposición pública de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por valorización y eliminación de residuos urbanos del Consorcio de la Zona I para que se tenga en cuenta la petición de que las viviendas que no están dadas de alta de luz y agua no se les pase el recibo de la tasa por valorización y eliminación de residuos.
- En el transcurso de la última sesión del pleno del consorcio, el representante del Ayuntamiento de Alcalà-Alcossebre preguntó si se recogía el caso de las viviendas sin luz ni agua y no se les contestó por lo que votó en contra de la modificación.
- La ordenanza del Consorcio aplicaba el concepto no habitable únicamente a viviendas en ruinas, en desuso o “cellers vells”.
- No se puede considerar válido un criterio general de vivienda no habitable y que no se contemple en concreto a las viviendas sin luz ni agua, ya que supondría un perjuicio para los vecinos.
- La ordenanza municipal recoge de forma específica que las viviendas que no están dadas de alta de luz y agua no paguen el recibo de basuras, por lo que se solicita que, en el caso del Consorcio, se actúe igual.
El Alcalde Francisco Juan explica que “no queremos que se perjudique a los vecinos y que si no pagan la tasa municipal tampoco tengan que pagar la tasa del Consorcio ya que todo el mundo entiende que una vivienda que no está dada de alta de luz y agua no puede generar residuos. Esperamos que el Consorcio lo tenga en cuenta y acepten nuestras alegaciones”.
En las alegaciones se solicita también que las viviendas diseminadas, a las que no se presta el servicio de recogida de basuras, queden exentas del pago de la tasa.



























