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Tomas Torres
Domingo, 23 de Agosto de 2020
Urbanismo

Presentan alegaciones para que los técnicos del Ayuntamiento de Torreblanca no supervisen las obras de Doña Blanca Golf

Se propone que aumenten los avales y que el ayuntamiento decida sobre las insfraestructuras en suelo dotacional municipal

[Img #79457]El proyecto de construcción de un campo de golf mediante la ejecución del programa de actuación integrada de la UE-1 de los sectores 4, 7, 8, 9 y 10 de suelo urbanizable de Torreblanca en régimen de gestión por los propietarios, por parte de la Agrupación de Interés Urbanístico Doña Blanca Golf de Torrenostra, encabezada por la Sareb y el Banco Sabadell, se sometía a un nuevo trámite tras iniciarse el proceso de información pública el día 10 de junio mediante la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

 

En esta fase el consistorio deberá resolver las alegaciones que se presenten, aceptándolas para ser incorporadas al proyecto definitivo o desestimándolas para seguir adelante con la tramitación, que cuenta con una Espada de Damocles en forma de plazo de cinco años para su inicio, como parte de la disposición transitoria del Pativel que entraba en vigor el 12 de mayo de 2018, por lo que ya se han consumido dos de los cinco años.

 

El pasado 21 de agosto se presentó un escrito de alegaciones por parte del empresario, ex diputado autonómico e histórico político local, Daniel Ansuátegui, con el objetivo de “mejorar el proyecto y proteger los intereses de los propietarios”, según ha señalado a El7Set.

 

Las alegaciones a la propuesta jurídico económica incluyen aspectos como los honorarios del equipo técnico independiente que deberá supervisar las obras, la incapacidad de los técnicos municipales para realizar esa labor, la elección del constructor con el visto bueno del ayuntamiento y un mayor importe de los avales que garanticen la ejecución de las obras.

 

El escrito de alegaciones solicita que el coste de los honorarios del equipo técnico independiente que se deberá contratar sea equivalente al 1% del importe de la adjudicación, en lugar del 1% máximo sobre el presupuesto de licitación, lo que considera que redundará en un ahorro para los propietarios. También se considera que el planteamiento de las competencias del equipo técnico independiente y el equipo técnico municipal presenta duplicidades, por lo que establece que la supervisión y control de las obras internas y externas “no pueden ni deben dejarse en manos de los técnicos municipales” y propone limitar las competencias de los técnicos municipales a la supervisión y control de los informes del equipo técnico independiente.

 

Se justifica esta propuesta señalando que existen antecedentes de deficiencias en la labor de los servicios técnicos municipales del Ayuntamiento de Torreblanca como “la experiencia en el desarrollo del PAI de la calle Progreso, en el que se certifican dos veces la ejecución de determinadas obras, grabando por duplicado a los propietarios de terrenos, no teniendo en consideración las alegaciones hechas al respecto” y “la ejecución de las obras de la Carrasa Monrosí, ejecutadas y certificadas, cuyo importe ha sido pagado en parte por los propietarios a través de la Cuota 1, por lo que se entiende cumplida su obligación,…, con graves deficiencias de ejecución, que a todas luces prevén su reparación para su puesta en funcionamiento, cuando el aval de las mismas ha sido devuelto, por lo que cabe preguntarse quien va a asumir la reparación de las mismas”.

 

Según las alegaciones, la contratación del equipo técnico externo deberá realizarse por parte del Ayuntamiento de Torreblanca, no por parte del Urbanizador como se establece en la propuesta de la AIU y, para garantizar el proceso, la elección del constructor deberá contar con el visto bueno del consistorio.

 

Del mismo modo, considera insuficiente el importe de los avales, equivalentes al 5% del valor de las cargas (3.815.267,33 euros), sensiblemente inferior al depositado en su día por el primer adjudicatario, Urbanizadora Torremar, que ascendía a 8.318.996,49 euros, el 15% del importe del proyecto. Por ese motivo solicita que se amplíe el aval a depositar a 7.630.338 euros, el 10% del importe del proyecto.

 

Las alegaciones también solicitan que cualquier tipo de construcción o instalación sobre terrenos rotacionales deberán contar con la autorización previa del Ayuntamiento de Torreblanca.

 

Finalmente, en la alegación se considera que en la propuesta jurídico económica presentada por la AIU Doña Blanca Golf de Torrenostra no se contempla “ningún compromiso adicional de mejoras para implantar, constar y ejecutar, sin cargo a la propiedad, de ninguna instalación de tipo cultural, social o deportiva, en las parcelas calificadas como EQP-RD de propiedad municipal, como se contemplaba en el anterior convenio urbanístico firmado por el Ayuntamiento en 24/02/2008”. Por ese motivo, insta al Ayuntamiento de Torreblanca a negociar con la AIU Doña Blanca Golf que incluyan en la propuesta las mismas instalaciones y en las mismas condiciones que las que se recogen en el mencionado convenio urbanístico.

 

 

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