Del Lunes, 22 de Septiembre de 2025 al Domingo, 12 de Octubre de 2025
El Ayuntamiento de Alcalà-Alcossebre asegura que el proyecto de circuito de motocross de Capicorb cumple con la normativa municipal y condiciona al cumplimiento de los requisitos de las administraciones estatales y autonómicas su puesta en marcha
El Ayuntamiento de Alcalà-Alcossebre informó el pasado jueves 9 de febrero a través del alcalde, Francisco Juan Mars, del concejal de Urbanismo, Miguel Martorell, y de técnicos municipales a los colectivos vecinales y a un administrador de fincas que habían manifestado su interés por el proyecto, aclarándoles que el tipo de instalación aprobada “cumple con todos los requisitos legales y que, con los condicionantes impuestos por el Ayuntamiento, se vela porque no provoque molestias”.
El consistorio concedió el miércoles 8 de febrero la licencia de instalación “para para una actividad eventual de circuito de motocross al aire libre a la empresa Red Sand Mx Park. S.L, en una parcela de la zona de Capicorb. Ocupa casi 40.000 m², dentro de una finca de 170.000 m²”.
Fuentes municipales aseguran que se trata de “una pista de entrenamiento de motocross para pilotos profesionales, donde únicamente se harán entrenamientos, no se celebrarán campeonatos puesto que no dispondrá de gradas, megafonía o iluminación”, que cumple con la normativa, ya que “al ser una actividad eventual deportiva, la ley permite que se desarrolle en suelo rústico, está fuera de la zona de afección del PATIVEL y de zona de dominio hidráulico o de servidumbre”.
El Ayuntamiento asegura haber puesto condiciones al otorgamiento de la licencia, señalando que “ha limitado la actividad a un horario de 9.00h a 15.00h y cuatro meses en el año, cuando la ley permite esta actividad en suelo rústico de 6.30h a 1.00h y seis meses en el año. También se exige que no supere niveles acústicos iguales a los que se piden a actividades en entornos urbanos”.
El consistorio justifica la concesión de la licencia de instalación señalando que “hay que recordar que el otorgamiento de licencias por parte de un Ayuntamiento es un acto reglado, no discrecional, y que si una solicitud cumple con todo lo que exige la normativa, se tiene que aprobar. En este caso, todos los requisitos exigidos por el Ayuntamiento se cumplen y para que se otorgue la licencia de actividad, hará falta que la actividad cumpla con los requisitos de otras administraciones”. Del mismo modo, destaca que esta actividad puede suponer un impacto positivo en la localidad, “pilotos profesionales y sus equipos se desplazarán en nuestro municipio lo que puede suponer un beneficio directo para varios sectores de la economía local y les favorece en unos meses donde la actividad turística es menor”.
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El Ayuntamiento de Alcalà-Alcossebre informó el pasado jueves 9 de febrero a través del alcalde, Francisco Juan Mars, del concejal de Urbanismo, Miguel Martorell, y de técnicos municipales a los colectivos vecinales y a un administrador de fincas que habían manifestado su interés por el proyecto, aclarándoles que el tipo de instalación aprobada “cumple con todos los requisitos legales y que, con los condicionantes impuestos por el Ayuntamiento, se vela porque no provoque molestias”.
El consistorio concedió el miércoles 8 de febrero la licencia de instalación “para para una actividad eventual de circuito de motocross al aire libre a la empresa Red Sand Mx Park. S.L, en una parcela de la zona de Capicorb. Ocupa casi 40.000 m², dentro de una finca de 170.000 m²”.
Fuentes municipales aseguran que se trata de “una pista de entrenamiento de motocross para pilotos profesionales, donde únicamente se harán entrenamientos, no se celebrarán campeonatos puesto que no dispondrá de gradas, megafonía o iluminación”, que cumple con la normativa, ya que “al ser una actividad eventual deportiva, la ley permite que se desarrolle en suelo rústico, está fuera de la zona de afección del PATIVEL y de zona de dominio hidráulico o de servidumbre”.
El Ayuntamiento asegura haber puesto condiciones al otorgamiento de la licencia, señalando que “ha limitado la actividad a un horario de 9.00h a 15.00h y cuatro meses en el año, cuando la ley permite esta actividad en suelo rústico de 6.30h a 1.00h y seis meses en el año. También se exige que no supere niveles acústicos iguales a los que se piden a actividades en entornos urbanos”.
El consistorio justifica la concesión de la licencia de instalación señalando que “hay que recordar que el otorgamiento de licencias por parte de un Ayuntamiento es un acto reglado, no discrecional, y que si una solicitud cumple con todo lo que exige la normativa, se tiene que aprobar. En este caso, todos los requisitos exigidos por el Ayuntamiento se cumplen y para que se otorgue la licencia de actividad, hará falta que la actividad cumpla con los requisitos de otras administraciones”. Del mismo modo, destaca que esta actividad puede suponer un impacto positivo en la localidad, “pilotos profesionales y sus equipos se desplazarán en nuestro municipio lo que puede suponer un beneficio directo para varios sectores de la economía local y les favorece en unos meses donde la actividad turística es menor”.
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