Del Lunes, 22 de Septiembre de 2025 al Domingo, 12 de Octubre de 2025
La Generalitat Valenciana abre el plazo para solicitar las Ayudas al Alquiler 2023
![[Img #97782]](http://el7set.es/upload/images/10_2023/7413_infografia-ayudas-alquiler-2023-valenciano.jpg)
La Generalitat Valenciana, a través de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, ha iniciado el período de solicitud de las Ayudas al Alquiler 2023. Estas ayudas tienen como objetivo facilitar el acceso y la permanencia en viviendas de alquiler a sectores de la población con recursos limitados, proporcionando asistencia económica directa a los inquilinos o cedentes para el pago de la renta o precio del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.
Serán elegibles para recibir ayuda las rentas de alquiler o el precio de la cesión de viviendas u habitaciones que constituyan la residencia habitual y permanente de la persona o unidad de convivencia solicitante, y que se correspondan con un máximo de 24 mensualidades, devengadas durante el periodo entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. No se cubrirán los gastos generales, fianzas, servicios, impuestos y cargas.
Los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser una persona física mayor de edad.
- Poseer la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea, del espacio económico europeo, Suiza o parentesco determinado por la normativa aplicable, en el caso de todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Contar con el DNI si son mayores de 16 años.
- En caso de personas extranjeras no comunitarias, deberán tener una autorización de estancia (NIE o tarjeta de identidad de extranjero) o residencia en España y todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años deben poseer el NIE.
- Ser titular de un contrato de arrendamiento con una duración mínima de 1 año; no se aceptarán contratos de subarriendo de vivienda u habitación.
- La vivienda o habitación arrendada debe ser la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria o de la unidad de convivencia durante todo el período para el cual se otorga la ayuda. Esto se acredita mediante un certificado o volante único de empadronamiento vigente en el momento de la solicitud, donde deben figurar todos los miembros de la unidad de convivencia.
- La unidad de convivencia debe demostrar ingresos máximos de 3 veces el IPREM, de manera general; 4 veces el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general, personas con discapacidad inferior al 33%, o víctimas de terrorismo; y 5 veces el IPREM cuando se trata de una familia numerosa de categoría especial o personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33%.
Para obtener más información sobre el proceso de solicitud, los interesados pueden dirigirse a los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Santa Magdalena.
La Generalitat Valenciana, a través de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, ha iniciado el período de solicitud de las Ayudas al Alquiler 2023. Estas ayudas tienen como objetivo facilitar el acceso y la permanencia en viviendas de alquiler a sectores de la población con recursos limitados, proporcionando asistencia económica directa a los inquilinos o cedentes para el pago de la renta o precio del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.
Serán elegibles para recibir ayuda las rentas de alquiler o el precio de la cesión de viviendas u habitaciones que constituyan la residencia habitual y permanente de la persona o unidad de convivencia solicitante, y que se correspondan con un máximo de 24 mensualidades, devengadas durante el periodo entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. No se cubrirán los gastos generales, fianzas, servicios, impuestos y cargas.
Los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser una persona física mayor de edad.
- Poseer la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea, del espacio económico europeo, Suiza o parentesco determinado por la normativa aplicable, en el caso de todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Contar con el DNI si son mayores de 16 años.
- En caso de personas extranjeras no comunitarias, deberán tener una autorización de estancia (NIE o tarjeta de identidad de extranjero) o residencia en España y todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años deben poseer el NIE.
- Ser titular de un contrato de arrendamiento con una duración mínima de 1 año; no se aceptarán contratos de subarriendo de vivienda u habitación.
- La vivienda o habitación arrendada debe ser la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria o de la unidad de convivencia durante todo el período para el cual se otorga la ayuda. Esto se acredita mediante un certificado o volante único de empadronamiento vigente en el momento de la solicitud, donde deben figurar todos los miembros de la unidad de convivencia.
- La unidad de convivencia debe demostrar ingresos máximos de 3 veces el IPREM, de manera general; 4 veces el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general, personas con discapacidad inferior al 33%, o víctimas de terrorismo; y 5 veces el IPREM cuando se trata de una familia numerosa de categoría especial o personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33%.
Para obtener más información sobre el proceso de solicitud, los interesados pueden dirigirse a los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Santa Magdalena.